El caso de María Laura A.S.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 14 años y medio de cárcel a una mujer por el maltrato y la muerte de una niña de cinco años a la que cuidaba, pena impuesta por la Audiencia de Alicante el pasado 9 de julio de 2015. El Supremo rechaza todos los argumentos de la mujer y falla que no ha lugar a su recurso. La Audiencia alicantina la condenó a 12 años y medio de cárcel por delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad, y a otros 2 años por delito de maltrato habitual, penas que quedan confirmadas en el auto del Supremo. En el juicio, celebrado entre finales de junio y principios de julio de 2015, la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante declaró probado que la condenada golpeó reiteradamente a la niña a la que cuidaba en una vivienda del barrio de San Gabriel, en Alicante, a lo largo de siete días entre finales de enero y febrero de 2014, "valiéndose de una percha u otro objeto alargado y contundente de unos 4 milímetros de ancho”. Esas agresiones dejaron a la menor numerosos hematomas en prácticamente todo el cuerpo, aunque fueron las heridas registradas en la zona craneal las que determinaron su fallecimiento sobre las 13.30 horas del 4 de febrero de 2014 en la UCI pediátrica del Hospital General de la capital alicantina.
 La noche antes del fallecimiento, al comprobar la extrema gravedad que presentaba la víctima debido a los golpes que le había propinado, la condenada, María Laura A.S., que se negó a declarar en el juicio, realizó varias llamadas al teléfono de emergencias de la Generalitat, el 112, y contó que se había encontrado a la niña "en la ducha, tirada en el suelo y sangrando". La Audiencia descartó que las heridas que causaron la muerte a la pequeña fueran fruto de una caída en la ducha y su impacto contra el grifo y algún otro elemento saliente, como sugería la defensa, pues entendió que los hechos no apoyaban una hipótesis “fuera de toda lógica”. El tribunal recordó la "claridad y convicción" mostrada por los forenses que examinaron el cadáver, pruebas periciales a partir de las que consideró acreditado que la niña fue maltratada en los días previos a su fallecimiento y murió como consecuencia de una "agresión brutal". La sentencia rechazó que esas agresiones pudiesen ser obra de un hijo menor de edad de la acusada, entonces de 11 años, y sostuvo por el contrario que dicho "comportamiento de hacer recaer en los demás la responsabilidad de sus propios actos" coincide con los rasgos de su carácter descrito por varios especialistas, una forma de ser que incluye una "tendencia a resolver los conflictos de forma violenta". La sala se basó también para justificar su condena, que quedó fijada en un año menos de lo que solicitaba el fiscal del caso, en que María Laura A.S. "faltó a la verdad" cuando atribuyó la responsabilidad de lo ocurrido a una "compañera de piso inexistente" en una de las llamadas que realizó al 112. Igualmente, los magistrados destacaron que su hijo envió varios mensajes telefónicos a un amigo de la familia en los que confesaba que había visto a su madre "pegar fuerte" a la niña y que si él contaba la verdad a la Policía, la condenarían.


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